La Estrella de Arica - Noticias del Día |
Los largos plazos deben inducir a la reflexión no sólo de la Cancillería y del Gobierno de Chile, sino también de la opinión pública. En todo momento deben acentuarse la preparación y el carácter de cuestión de Estado del litigio
La Corte Internacional de Justicia dio a conocer a las partes los plazos para sus principales presentaciones. Perú tendrá un año -esto es, hasta marzo de 2009- para presentar su memoria o documento básico, en la que deberá exponer su demanda y sus pruebas. Luego, Chile dispondrá de un plazo similar -hasta marzo de 2010- para la presentación de su contramemoria, en la que corresponde la exposición de su caso y sus fundamentos. Con esta decisión se inicia la parte sustantiva del pleito.
La memoria peruana corresponderá al gobierno de Alan García (julio 2006-julio 2011), en tanto que la contramemoria de Chile al de la Presidenta Bachelet en sus últimos días, cuando ya habrá un nuevo Presidente electo. Luego de las dos presentaciones fundamentales, habría que contemplar un año para la réplica y la dúplica, y a lo menos otro para los alegatos y la preparación del fallo mismo. Así, como mínimo serán cuatro años desde ahora, de no mediar otros trámites.
Perú presentó ya un juez ad hoc, quien está formalmente designado: el ex asesor jurídico del Quai d'Orsay y ex presidente de la propia corte, Gilbert Guillaume. Chile tendrá que nombrarlo a la brevedad, que pueda también integrarse al tribunal y quien deberá poseer parecida idoneidad como jurista y prestigio ante sus futuros colegas.
Los largos plazos del litigio deben inducir a la reflexión no sólo de la Cancillería y del Gobierno de Chile, sino también de todos los sectores políticos, académicos y, en definitiva, de la opinión pública nacional. En todo momento deben acentuarse la preparación y el carácter de cuestión de Estado del litigio. Convendría no tropezar en ripios que pueden situarse en el plano de lo accidental político.
Esos plazos aconsejan, sobre todo, un manejo cuidadoso del litigio por ambas partes, que se inicia en el respeto del statu quo existente y sigue con la prudencia en las referencias, declaraciones y actuaciones. Si se diese esa compartida decisión y ella se aplicara plenamente, debería ser posible avanzar normalmente en todo el amplio espectro de una rica relación bilateral, que comprende un significativo comercio y sus instrumentos, inversiones, intercambio de personas, integración, cooperación regional, en pesca y derecho del mar y en el Asia Pacífico
No hay comentarios.:
Publicar un comentario